¿Cómo es Dios? 4ta. Parte

Santísima Trinidad

Breve síntesis de la Obra de Santo Tomás de Aquino, Suma contra los Gentiles

Del Libro I
Capítulo XVI

En Dios no hay potencia pasiva

Si Dios es eterno, entonces no puede haber en Él potencia pasiva.
Porque todo aquello cuya sustancia está mezclada de potencia puede no existir: porque lo que puede ser, puede también no ser. Pero Dios no puede no existir, siendo eterno. Luego en Dios no hay potencia respecto a la existencia.

Todo ser obra en cuanto está en acto. Mas lo que no está totalmente en acto, no obra con todo su ser, sino sólo con una parte. Pero aquel que no obra con todo su ser no es el primer agente, pues obra por cierta participación, y no por su esencia misma. Luego Dios, primer agente, no tiene ninguna mezcla de potencia, sino que es acto puro.

Notamos que en el mundo se dan seres que pasan de la potencia al acto. Mas nada puede pasar por sí mismo de la potencia al acto, porque lo que es en potencia, todavía no es, y así, tampoco puede obrar. Luego necesariamente existe algo anterior al ser en potencia que lo haga pasar de la potencia al acto. Pero si tal ser también hubiere de pasar de potencia al acto, necesariamente exigiría otro agente. Más no podemos proceder al infinito. Luego necesariamente hemos de llegar a algo que esté en acto, sin mezcla alguna de potencia. Y a tal ser llamamos Dios.

Síntesis hecha por: Arturo Medina Muñoz.
Fecha de inicio: 2017-02-08
Fecha de terminación: 2017-02-09

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¿Cómo es Dios? 3ra. Parte

 

Breve síntesis de la Obra de Santo Tomás de Aquino, Suma contra los Gentiles

Del Libro I
Capítulo XV

Dios es eterno

Todo cuanto comienza a existir, o deja de ser, sufre dicho cambio por movimiento o mutación. Pero ya se mostró que Dios es absolutamente inmutable; por consiguiente es eterno, carente de principio y de fin. Únicamente lo movible puede medirse por el tiempo, ya que el tiempo es “la medida del movimiento”, como consta por la Física, libro 4, cap. 11. No se da en Él principio ni fin, sino que posee todo su ser simultáneamente. Y en esto consiste precisamente la eternidad.

Si Dios no existió en algún tiempo, y luego comenzó a existir debió tener una causa que lo hiciera pasar del no ser al ser. No pudo ser causa de sí mismo, porque lo que no existe no puede obrar. Pero si otro ser fue su causa, entonces éste es anterior a Dios. Pero ya se probó que Dios es la causa primera. Por lo tanto no comenzó a existir. Y por lo mismo no dejará de existir, porque lo que existió siempre tiene el poder de siempre existir. Y así, Dios es eterno.

Dios es eterno, porque siendo un ser necesario, debe existir eternamente.

La autoridad divina nos ofrece también un testimonio en este punto, cuando dice el salmista:

“Tú, Señor, permaneces eternamente” (Ps. 101, 13),
Y más adelante:
“Tú eres siempre el mismo, y tus años no tendrán fin” (v. 28).

 

Síntesis hecha por: Arturo Medina Muñoz.
Fecha de inicio: 2017-02-01
Fecha de terminación: 2017-02-02

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¿Cómo es Dios? 2da. Parte

Breve síntesis de la Obra de Santo Tomás de Aquino, Suma contra los Gentiles

Del Libro I

Capítulo XIV

Llegamos al conocimiento de Dios por la vía de la remoción

Una vez demostrado que existe un ser primero al que llamamos Dios, es necesario investigar su naturaleza.

Y para ello usamos la vía de la remoción. La naturaleza divina excede por su inmensidad toda forma que nuestro entendimiento pueda captar, y así no podemos entenderla conociendo positivamente lo que es.  Pero de algún modo podemos obtener cierta idea de Él sabiendo lo que no es. Y más nos acercaremos a su conocimiento, cuanto más podamos remover de dicha naturaleza con nuestro entendimiento.

Cuando tratamos de definir los seres cuya naturaleza conocemos, primeramente les señalamos un género, por lo cual sabemos lo que tal cosa es en general; luego añadimos las diferencias por las que se distingue de los demás seres. Así es como obtenemos un conocimiento completo de lo que una cosa es.

Tratándose del estudio de la sustancia divina, no podemos hablar de un género en su esencia; ni podemos tampoco distinguirlo de los demás seres por diferencias positivas; luego sólo queda que lo hagamos por diferencias negativas. Tratándose de diferencias negativas, una restringe más la otra, hasta que pueda distinguirse un ser de los demás seres. De este modo conoceremos propiamente su naturaleza, cuando la distingamos de los demás seres.  Sin embargo, tal conocimiento no es perfecto, porque no llega a lo que Dios es en sí mismo.

Por tanto, para proseguir en el conocimiento divino por la vía de la remoción, hemos de partir de lo que ya demostramos anteriormente, o sea que Dios es absolutamente inmutable; lo cual está confirmado también en la Sagrada Escritura, que dice:

“Yo soy el Señor, y no cambio” (Mal. 3,6);

“En el cual no hay mutación” (Jac. 1, 17); y

“Dios no es como un hombre que se muda” (Núm. 23, 19).

Síntesis hecha por: Arturo Medina Muñoz.
Fecha de inicio: 2017-01-31
Fecha de terminación: 2017-01-31

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¿Cómo es Dios? 1ra. Parte

 

Breve síntesis de la Obra de Santo Tomás de Aquino, Suma[1] contra los Gentiles[2]

Del Libro I

Capítulo XIII

Razones para probar que Dios existe

Tanto los filósofos como los doctores católicos probaron la existencia de Dios.

Aristóteles probó que Dios existe, a través del movimiento, por dos caminos:

1-Todo lo que se mueve, se mueve por otro.

-Se llegó a establecer un principio de movimiento que no se mueve, es al que llamamos Dios.

-Se concluyó admitiendo un principio del movimiento que no se mueve.

2-Si toda causa de movimiento se mueve, esta proposición es verdadera o por sí misma o accidentalmente.

-Se llegó a establecer un primer principio de movimiento que no sería movido por otro, y también se llegó a la conclusión, de que se da un principio de movimiento que no es movido por otro ser externo a él; aunque esto no aseguraba que fuese totalmente inmutable, más adelante Aristóteles afirma que eso podría darse de dos maneras:

1-Que tal principio de movimiento fuese totalmente inmutable

2-Que ese primer principio se mueve a si mismo

Volvió a llegar a la conclusión, de que, se da un primer principio de movimiento que es inmutable.  Consideró como única posibilidad, que en los seres que se mueven a sí mismos una parte sea motora, y la otra sea inmóvil, como se dice en la Física, libro 8, cap. 5.

En los seres que conocemos que se mueven a sí mismos, como sucede con los animales, la parte motora, es decir el alma, aun cuando sea inmóvil de por sí, se mueve accidentalmente. Lo cual prueba que la parte motora del primer principio del movimiento no se mueve ni por sí ni accidentalmente. Los animales son corruptibles; por ello la parte motora en ellos se mueve accidentalmente. Por tanto se sigue que necesariamente los movimientos de los seres corruptibles han de reducirse a un principio de movimiento que sea eterno.

Concluye que existe un primer principio de movimiento que se mueve por sí mismo, y que no es movido ni por sí ni accidentalmente. Es evidente que, según su naturaleza, dicho ser que se mueve por sí mismo es necesariamente eterno. Aristóteles con sus suposiciones, de que el movimiento es eterno, llega a considerar lo siguiente, que sólo queda, que deba  existir un principio de movimiento que se mueva a sí mismo eternamente, que sea la causa de la generación de todos aquellos seres inferiores que se mueven. Y así necesariamente el primer principio de este movimiento no es movido ni por sí ni por otro. Concluye pues, que el primer moviente se mueve por un principio que no es movido ni por sí ni por otro.

Dios no es parte de ningún ser que se mueva a sí mismo, deduce Aristóteles en su Metafísica, libro 12, cap. 1, pues no se identifica con el principio de movimiento que forma parte del que se mueve a sí mismo, debe existir otro principio de movimiento completamente separado, al cual llama Dios. Concluyó que debe darse un primer principio del movimiento separado, totalmente inmutable, que es Dios.

Consideró que si el primer motor no puede moverse por sí mismo, necesariamente es movido entonces por un primer principio totalmente inmutable. Aristóteles llega a esta conclusión disyuntiva: que o bien concluimos directamente a un primer principio de movimiento separado y totalmente inmutable, o bien llegamos a otro ser que se mueva a sí mismo, y del cual debemos partir para llegar mediatamente a un primer principio de movimiento separado e inmutable.  El filósofo procede por otro camino, en la Metafísica, libro 2, cap.2, para demostrar que no se puede proceder al infinito en la serie de causas eficientes; sino que necesariamente se ha de llegar a una primera causa, a la que llamamos Dios.

Aristóteles nos da otra razón en la Metafísica, libro 2, cap.1 donde muestra que los seres más verdaderos son aquellos que poseen el ser en grado más elevado. Y en la Metafísica. Libro 4, cap. 3, demuestra que hay un ser verdadero en grado sumo; porque si de dos cosas falsas una lo es más que la otra, de la misma forma sucede con la verdad: una cosa verdadera lo es más que la otra; y este grado de verdad se ha de medir según su aproximación a aquello que es simple y llanamente verdadero. De donde se concluye que también se da algo que es el ser sumo, al cual llamamos Dios.

En la obra De la fe ortodoxa, libro 1, cap. 3, San Juan Damasceno añade otra prueba, tomada del gobierno de las cosas; dicho argumento también se encuentra en el comentarista de la Física, libro 2, cap. 8. Es el siguiente:

No sería posible que cosas dispares y aun contrarias se mantuviesen siempre o muchas veces en un orden, sin el gobierno de alguien, según el cual todas esas cosas tienden a un solo fin.  Pero vemos en el mundo cosas de diversas naturalezas que concuerdan en un orden, no rara vez y como por acaso, sino siempre por lo menos ordinariamente. Luego debe existir alguien cuya providencia gobierna el mundo, al cual llamamos Dios.

Síntesis hecha por: Arturo Medina Muñoz.
Fecha de inicio: 2017-01-24
Fecha de terminación: 2017-01-30

Para más detalles, leer el capítulo completo.

[1] Suma es el compendio, recopilación o resumen de todas las partes de una ciencia o facultad; se trata, generalmente, de los conocimientos de un saber.   Fuente: http://conceptodefinicion.de/suma/

[2]Gentil.  adj./ s. m. y f. RELIGIÓN Que adora a ídolos o falsas divinidades, desde el punto de vista cristiano.  Fuente: http://es.thefreedictionary.com/gentiles

Biología, Filosofía y Teología frente a la barbarie del aborto

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Para combatir el drama del aborto con eficacia es fundamental la formación, que la sociedad tome conciencia de lo que es realmente el aborto: un vil asesinato de un ser humano indefenso en el seno materno. El gran pecado del aborto no se puede justificar NUNCA en ningún supuesto y desde ningún punto de vista.

El médico y sacerdote P. Álvaro Sánchez Rueda es autor de varios libros (Milagros Eucarísticos. El Dios del sagrario manifiesta su Amor; María, Madre de Dios; El maravilloso don divino de la vida humana; Adoremos al Cordero; Los nombres de la Virgen María etc). En esta ocasión analiza el aborto desde la ciencia y en consonancia con la Filosofía y la Teología.

Los abortistas argumentan, para justificar el aborto, que no están matando a una persona, sino simplemente eliminando un conjunto de células, ¿Por qué lo afirman?

Las razones por las cuales los abortistas afirman, contra la evidencia científica que dice que el embrión es un organismo diferente e independiente de la madre, que solo es “un grupo de células”, pueden ser varias: porque así pretenden acallar la propia conciencia; porque es la forma en la que mantienen en movimiento la industria del aborto; porque están sinceramente convencidos de ese error… En todo caso, lo que se debe considerar es que, por el motivo que sea, la afirmación es voluntarista, carente de todo rigor científico y contraria a la verdad del embrión humano.

¿Qué dice la Iglesia en relación al momento exacto en el que empieza la vida, en el que ya hay un nuevo ser humano? 

La Iglesia afirma que ya hay un nuevo ser humano desde el momento en que el alma se une al cuerpo. ¿Cuándo sucede esto? En el instante de la fecundación, puesto que allí el alma, creada por Dios, es unida al cuerpo, que en este estadio está formado solo por una célula. En la Declaración sobre “la práctica del aborto” De abortu procurato (n. 12), y también en Evangelium Vitae (n. 60), se afirma precisamente esto, que “la vida de la persona humana se inicia en el momento de la fecundación y este proceso inicia a su vez en el momento en el que el espermatozoide se adhiere al revestimiento extracelular del ovocito, la zona pelúcida”

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San Alberto Magno, la grandeza del pensamiento católico

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Los creyentes no valoramos en su justa medida la grandeza, brillantez y majestuosidad del pensamiento católico. Doctrina profunda, firme y segura que, afincada en la Verdad de Cristo, supera de manera sideral a los falaces e insustanciales escritos de las falsas creencias y las filosofías inmanentitas.

De entre todos los grandísimos pensadores católicos San Agustín y Santo Tomás son probablemente dos de los más conocidos. Sin embargo, ha habido igualmente grandísimas luminarias en la Iglesia, que no son tan populares. Es el caso de la figura portentosa de San Alberto Magno, nada más y nada menos que el maestro del propio Santo Tomás de Aquino.

Eudaldo Forment, es un gran estudioso de la obra, vida y época de santo Tomás. Además de la enseñanza oral en la Universidad de Barcelona y otras universidades del mundo, le ha dedicado una treintena de libros y numerosos escritos. En esta ocasión nos acerca a la figura de San Alberto, maestro del Aquinate.

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¿Quién juzga a Francisco?

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Hay católicos que tienden a la Papolatría, ¿Porqué lo digo? Porque la gran mayoría, viendo la realidad de la Iglesia, y la realidad de lo que dice y hace el Papa, a pesar de todo eso, no se atreven a decir lo que ven que está mal en los dichos y hechos del Papa, y a quien si lo hace, lo tachan de hereje, apóstata o de que ataca al Papa, también hay quienes dicen cosas como esta:

«Hay seguidores del Padre Juan Rivas que sí atacan al Papa diciendo que es un hereje, es más, creen algunos que es el Anticristo y que es un masón que tienen encerrado a Benedicto XVI. Y es gente de aquí de Tijuana que no hace otra cosa más que criticar y sin tener algún apostolado.»

Pero, realmente ¿Quién ataca o juzga al Papa Francisco?

A esos católicos les respondo:

juez

 

“Y porque el Romano Pontífice preside la Iglesia universal por el derecho divino del primado apostólico, enseñamos también y declaramos que él es el juez supremo de los fieles, y que, en todas las causas que pertenecen al fuero eclesiástico, pueden recurrirse al juicio del mismo; en cambio, el juicio de la Sede Apostólica, sobre la que no existe autoridad mayor, no puede volverse a discutirse por nadie, ni a nadie es lícito juzgar de su juicio”. (Denzinger-Hünermann 3063. Concilio Vaticano I, Cuarta sesión, 18 de Julio de 1870, Primera Constitución dogmática “Pastor Aeternus” sobre la Iglesia de Cristo, n. 3)

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Contenido (Entra en cada autor)

¿Quién juzga al Papa Francisco?

Las Sagradas Escrituras
59 Papas
14 Concilios
8 Textos fundamentales
16 Congregaciones Romanas
31 Padres de la Iglesia
15 Doctores de la Iglesia
14 Sínodos y el Magisterio Episcopal
Diversos documentos y Autores

 

¿Quién juzga al Papa Francisco?

Las Sagradas Escrituras

es

 

Antiguo y Nuevo Testamento 

 

¿Quién juzga al Papa Francisco?

59 Papas

sanpedro

  1. Benedicto XVI (265°)
  2. Juan Pablo II (264°)
  3. Juan Pablo I (263°)
  4. Pablo VI (262°)
  5. Juan XXIII (261°)
  6. Pío XII (260°)
  7. Pío XI (259°)
  8. Benedicto XV (258°)
  9. Pío X (257°)
  10. León XIII (256°)
  11. Pío IX (255°)
  12. Gregorio XVI (254°)
  13. León XII (252°)
  14. Pío VII (251°)
  15. Pío VI (250°)
  16. Clemente XIII (248º)
  17. Benedicto XIV  (247°)
  18. Inocencio XI (240°)
  19. Urbano VIII (235°)
  20. Sixto V (227°)
  21. Pío V (225°)
  22. Pablo IV (223º)
  23. Pablo III (220°)
  24. Adriano VI (218°)
  25. León X (217°)
  26. Alejandro VI (214°)
  27. Eugenio IV (207°)
  28. Urbano V (200°)
  29. Clemente VI (198°)
  30. Benedicto XII (197°)
  31. Juan XXII (196°)
  32. Bonifacio VIII (193°)
  33. Inocencio IV (180°)
  34. Inocencio III (176°)
  35. Urbano II (159°)
  36. Gregorio VII (157°)
  37. León IX (152º)
  38. Esteban V (110°)
  39. Nicolás I (105°)
  40. Esteban III (94°)
  41. Honorio I (70º)
  42. Gregorio I, Magno (64°)
  43. Pelagio I (60°)
  44. Vigilio (59°)
  45. Hormisdas (52°)
  46. Gelasio I (49°)
  47. Simplicio (47°)
  48. León I (45°)
  49. Celestino I (43°)
  50. Bonifacio I (42°)
  51. Zósimo (41°)
  52. Inocencio I (40°)
  53. Siricio (38°)
  54. Dámaso I (39°)
  55. Marcelino (29°)
  56. Esteban I (23°)
  57. Cornelio (21°)
  58. Clemente I (4°)
  59. Pedro (1°)

¿Quién juzga al Papa Francisco?

14 Concilios

concilios

  1. Concilio Vaticano II – (1962-1965)
  2. Concilio Vaticano I – (1869-1870)
  3. Concilio de Trento (1545-1563)
  4. V Concilio de Letrán (XVIII Ecuménico. 1512-1517)
  5. Concilio de Florencia (XVII Ecuménico. 1431)
  6. Concilio de Vienne (XV Ecuménico. 1311-1312)
  7. II Concilio de Lyon (1274)
  8. IV Concilio de Letrán (XII Ecuménico – 1215)
  9. I Concilio de Letrán (IX Ecuménico – 1123)
  10. III Concilio de Constantinopla (VI Ecuménico – 680-681)
  11. II Concilio de Constantinopla (553)
  12. Concilio de Calcedonia (IV Ecuménico – 451)
  13. Concilio de Éfeso (III Ecuménico 431)
  14. III Concilio de Cartago (397)

¿Quién juzga al Papa Francisco?

8 Textos fundamentales

textos

  1. Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica (2005)
  2. Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia
  3. Catecismo de la Iglesia Católica (1992)
  4. Código de Derecho Canónico (1983)
  5. Catecismo Mayor de San Pío X (1905)
  6. Catecismo Romano (Concilio de Trento)
  7. Fórmula llamada Fe de Dámaso (500?)
  8. Credo “Atanasiano” (373)

 

¿Quién juzga al Papa Francisco?

16 Congregaciones Romanas

congregaciones

  1. Congregación para el Clero
  2. Congregación para las Causas de los Santos
  3. Congregación para los Obispos
  4. Congregación del Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos
  5. Congregación para la Doctrina de la Fe
  6. Congregación para la Educación Católica
  7. Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica
  8. Comisión Teológica Internacional
  9. Obra Pontificia para las Vocaciones Eclesiásticas
  10. Oficina para las celebraciones litúrgicas del Sumo Pontífice
  11. Pontificia Comisión Bíblica
  12. Pontificio Consejo Justicia y Paz
  13. Pontificio Consejo para el Dialogo Interreligioso
  14. Pontificio Consejo para la Cultura
  15. Pontificio Consejo para la Familia
  16. Pontificio Consejo para los Textos Legislativos

 

¿Quién juzga al Papa Francisco?

Padres de la Iglesia

padres

  1. San Agustín (354-430)
  2. San Ambrosio (340-397)
  3. San Atanasio de Alejandría (296-373)
  4. Atenágoras de Atenas (s. II)
  5. San Beda (673-735)
  6. San Basilio Magno (330-379)
  7. San Cipriano de Cartago (+258)
  8. San Cirilo de Alejandría (374-444)
  9. San Cirilo de Jerusalén (313-386)
  10. San Clemente de Alejandría (150-215)
  11. Pseudo-Crisóstomo (s. V)
  12. San Dionisio de Alejandría (+264)
  13. San Fulgencio de Ruspe (460-533)
  14. Griego, o el Geómetra
  15. San Gregorio Nacianceno (330-390)
  16. San Gregorio de Nisa (335-394)
  17. San Gregorio Taumaturgo (213-270)
  18. San Hilario de Poitiers (300-368)
  19. San Ignacio de Antioquía (+107)
  20. San Ireneo de Lyon (130-202)
  21. San Jerónimo (347-420)
  22. San Juan Crisóstomo (347-407)
  23. San Justino Romano (100/114-162/168)
  24. San Máximo confesor (662)
  25. San Melitón de Sardes (s. II)
  26. Orígenes (+254 d. C)
  27. San Paciano de Barcelona (365)
  28. Policarpo de Esmirna (69-155)
  29. Teófilo de Antioquía (183)
  30. Teodoreto de Ciro (393-466)
  31. San Vicente de Lérins (+450)

¿Quién juzga al Papa Francisco?

15 Doctores de la Iglesia

doctores

  1. Santo Tomás de Aquino (1225-1274)
  2. San Antonio de Padua (1195-1231)
  3. San Alfonso de Ligorio (1696-1787)
  4. San Bernardo de Claraval (1090-1153)
  5. San Buenaventura (1218-1274)
  6. San Francisco de Sales (1567-1622)
  7. San Juan de la Cruz (1542-1591)
  8. San Juan Damasceno (676-749)
  9. San Juan de Avila (1499-1569)
  10. San Pedro Canisio (1521-1597)
  11. Pedro Damián (1007-1072)
  12. San Roberto Belarmino (1542-1621)
  13. Santa Catalina de Siena (1347-1380)
  14. Santa Teresa de Jesús (1515-1582)
  15. Santa Teresa del Niño Jesús (1873-1897)

¿Quién juzga al Papa Francisco?

14 Sínodos y el Magisterio Episcopal

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  1. Sínodo de Valence (855)
  2. XVI Sínodo de Toledo (693)
  3. XIV Sínodo de Toledo (684)
  4. XI Sínodo de Toledo (675)
  5. Sínodo de Letrán (649)
  6. I Sínodo de Braga (561)
  7. Sínodo de Constantinopla (543)
  8. II Sínodo de Orange, 529 (en la Galia)
  9. Sínodo de Arlés (475)
  10. XV Sínodo de Cartago (418)
  11. I Sínodo de Toledo (397)
  12. Sínodo de Roma (382)
  13. Sínodo de Laodicea (363-364 AD)
  14. Sínodo de Elvira (300)
  1. CELAM
  2. Sínodo de los Obispos

¿Quién juzga al Papa Francisco?

Diversos documentos y Autores

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  1. La Liturgia de las Horas
  2. XLVIII Congreso Eucarístico Internacional
  3. Alcuino de York
  4. San Benito de Nursia
  5. San Bonifacio de Maguncia
  6. San Elredo de Rieval
  7. San Francisco de Asís
  8. San Ignacio de Loyola
  9. San Juan Bautista María Vianney
  10. San Juan Bosco
  11. San Juan de Ribera

 

Tomado de:

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Posibilidad Teológica de la Sede Vacante

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Muchos piensan  que por el hecho de admitir la Sede Vacante se cae en cisma o herejía y por eso defienden a todo precio una actitud anti-sedevacantista a priori.

Teológicamente la posibilidad teórica de la Sede Vacante (por herejía del Papa) no se puede negar, como si  fuese algo contra la fe. No es una herejía el admitir que de hecho tenga o pueda tener lugar la Sede Vacante. Basta ver el libro de Da Silveira «Implicaciones Teológicas y Morales del Nuevo Ordo Missae» en donde trata el tema de la hipótesis teológica de un Papa hereje y/o cismático.

Muchos hacen una cuestión de fe, de que el Papa sea realmente Papa excluyendo a priori la posibilidad de la Sede Vacante como teológicamente imposible. Sin embargo el caso de más de 40 antipapas, muestra lo contrario a lo largo de la historia de la Iglesia; así como la misma duda admitida (al menos en su posibilidad) por Mons. Lefebvre. En efecto, el que tal Papa sea verdadero Papa, no es de fe, lo que es de fe es que todo sucesor legítimo de San Pedro en la Sede Romana es Papa. Un ejemplo marcará la diferencia claramente: así como no es de fe que en tal hostia (supuestamente consagrada) esté realmente presente Nuestro Señor Jesucristo, sino que todo sacerdote con la intención de consagrar sobre la debida materia y pronunciando la fórmula consagra el Cuerpo y la Sangre de Cristo, como bien explica Santo Tomás cuando se pregunta si la fe puede equivocarse, y da el ejemplo del sacerdote que se equivoca o que no quiere consagrar y el fiel piensa que está adorando a Cristo en la hostia supuestamente consagrada: «Fides credentis no refertur ad has species panis vel illas; sed ad hoc quod verum corpus Christi sit sub speciebus panis sensibilis quando recte fuerit consecratum. Unde si non sit recte consacratum, fidei non suberit propter hoc falsum». (S.Th. II-II, q.1, a.3, ad 4).

Lo mismo pasa con el Papa, pues no es de fe saber si tal o cual Papa es verdadero Papa, sino que todo legítimo sucesor de Pedro es Papa. Esto explica cómo durante el cisma de Occidente hubo Santos que tenían por Papa al uno, y otros al otro. Lo que sí es de fe es reconocer el Primado de Pedro y de sus sucesores. El que no reconozca la institución del Papado es un cismático y un hereje, esto queda claro. Es el caso de los Ortodoxos, por ejemplo, que son cismáticos y herejes por no reconocer el Papado, el Primado de San Pedro y de sus sucesores, ni el de su infalibilidad.

La Religión y la fe no son papistas (o papólatras), son católicas; una cosa es creer y defender con fe y como católico el Primado de Pedro, el Papado y otra muy distinta es el papismo que exagera la infalibilidad del Papa de tal modo que se cae en una especie de infalibilismo. La infalibilidad le pertenece al Papa en cuanto Sumo Pontífice, persona pública, Jefe de la Iglesia, lo cual está en relación directa con la Iglesia Universal. Por esto, no es simplemente infalible por fuerza del papado, sino solo cuando lo ejerce ex-cathedra. (Cf. Betti, p.373).

Teológicamente es posible la Sede Vacante, y no constituye algo contra la fe el afirmarlo, el creerlo o el pensarlo. La tradición de la Iglesia lo demuestra, el Derecho Canónico igualmente, los teólogos de la Edad Media así lo admitían. Luego que no salgan hoy con actitudes intransigentes y duras contra todo el que sea favorable o piense que la Santa Sede puede estar Vacante. Es, o ignorancia o un abuso de autoridad el negar en nombre de la Iglesia la posibilidad teológica de la Sede Vacante. La consideración teológica de la Sede Vacante entra dentro del sentir y del pensar de la Iglesia. Cuando Mons. Lefebvre en repetidas ocasiones decía que la Hermandad San Pío X tiene la espiritualidad (el sentir y el pensar) de la Iglesia, no nos vengan hoy a decir y mucho menos a considerar como traidores a la Iglesia o a la Hermandad San Pío X y a su fundador Mons. Lefebvre, por el simple hecho de creer o pensar que la Sede está o puede estar Vacante. Si la Iglesia lo admite aunque los teólogos hoy difieran, no hay derecho para que se estigmatice a nadie por creer que la Sede está Vacante, aunque se equivoque.

Xavier Da Silveira en su libro ya citado deja asentada la hipótesis teológica de la Sede Vacante, sea por herejía o cisma.

A tal punto es cierta la hipótesis teológica de la Sede Vacante, que los teólogos como San Roberto Belarmino, Suárez y Billot aun teniendo como más probable que el Papa no pueda caer en herejía, sin embargo no la consideraban cierta y por eso analizan la eventualidad de que un Papa se torne hereje y toman posición en cuanto al problema de la pérdida del Pontificado. Otros teólogos como Torquemada, Cayetano, Báñez, Melchor Cano, piensan que el Papa puede caer en herejía y toman directamente  posición al respecto. Se tienen así diversas opiniones teológicas respecto al momento en el cual pierde el Pontificado, pero todos admiten que el Papa puede perder por cisma o herejía el Pontificado. Se ve así que la posibilidad de la Sede Vacante es una sentencia cierta teológicamente, como afirma Da Silveira.

Todos los canonistas del Siglo XII y XIII admitían sin dificultad que un Papa podía caer en herejía como en cualquier otra falta grave, se preocupaban únicamente de buscar por qué y en qué condiciones podía ser juzgado por la Iglesia (Cf. D.T.C. Infaillibilité du Pape, col.1715). La posibilidad del Papa hereje era tan comúnmente aceptada, que el mismo Cristóbal Colón en su primer testamento llegó a decir: «a los pies del Santo Padre, salvo si fuese herético (lo que Dios no quiera)». (Boletín Colegio de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y Ciencias, Madrid 1992, nº36, p.11).

Hay sólo un teólogo flamenco, Alberto Pighi, (1490-1542) que  niega que un Papa pueda caer en herejía. Pighi es el único en negar la posibilidad de que un Papa caiga en herejía, pues dada la promesa de Jesucristo (Mt. 16,18) sería imposible que el Papa fuese herético, si el Fundamento de la Iglesia falla o deja de estar unido a Jesucristo, sería verdad que las fuerzas del infierno han prevalecido contra la Iglesia. El famoso teólogo español Melchor Cano combatió enérgicamente la afirmación de Pighi, concluyendo que no se puede negar que el Soberano Pontífice pueda ser hereje, puesto que hay un ejemplo o quizás dos. Melchor Cano fue seguido por Domingo Soto y por Báñez (Cf. D.T.C. Infaillibilité du Pape, Col. 1715/16). Dublanchy, autor de este artículo, dice que si bien no se puede demostrar, de acuerdo con el dogma de la infalibilidad, que el Papa como persona privada tenga el privilegio de no caer en la herejía, tampoco se puede probar que sea inadmisible. De todos modos ninguna de las pruebas invocadas en favor de la infalibilidad pontifical nos demuestran el privilegio en cuestión. Los dos textos escriturarios Mat. 16,18 y Luc. 22,22, según los argumentos esgrimidos y conforme a la interpretación constante de los teólogos, prueban únicamente, la infalibilidad del Papa enseñando como Pastor y Doctor de la Iglesia Universal. Esto es lo que prueba el testimonio de la Tradición católica. (Cf. D.T.C. Infaillibilité du Pape, col. 1716/17). Queda claro que teológicamente no se puede inferir, ni demostrar que el Papa tenga la prerrogativa de no caer en la herejía, en base a los textos sagrados, ni en la promesa de Nuestro Señor Jesucristo contenida en ellos, únicamente prueban la infalibilidad del Papa cuando habla ex-cathedra y nada más, según la teología de la Iglesia.

Palmieri en su Tratado del Romano Pontífice, explica también  en el mismo sentido el pasaje de las Sagradas Escrituras sobre el cual algunos pretenden basar la supuesta indefectibilidad del Papa en la fe.

Según Palmieri el Romano Pontífice como persona privada, esto es cuando no ejerce su cargo de Doctor de la Iglesia, puede errar en la fe. Cita al Papa Inocencio III (1198-1216) quien dijo: «In tamtum fides mihi necessaria est, et cum de ceteris peccatis solum Deum iudicem habeam, propter solum peccatum quod  in fide committerem possem ab Ecclesia iudicari», (en cuanto que la fe me es necesaria, y si bien  por los demás pecados sólo tengo por juez a Dios, sólo por el pecado cometido contra la fe, puede la Iglesia juzgarme). 

El Papa Adriano II (867-872) leyó la frase de San Bonifacio (que está en los decretales de Graciano): «Culpas (Rom.Pontificis) istie redarguere praesumit mortalium nullus, quia cunctos ipse iudicaturus a nemine est iudicandus, nisi forte deprehendatur a fide devius» (Tractus De Romano Pontifice, Palmieri, p. 631),  (las culpas del Papa ningún mortal presuma echárselas en cara -o sea impugnárselas-, porque todos juntos son por él juzgados y de nadie es juzgado, salvo que se le sorprenda desviado de la fe).

El D.T.C. trae también estos pasajes en los artículos Infaillibilité du Pape, col.1714 y en Déposition et Dégradation des Clercs col.519, y al mencionar el principio que admite que un Papa pueda únicamente ser juzgado al desviarse de la fe, dice que: «este principio está fuera de toda duda». (Ibídem, col.520).

Si analizamos con Palmieri el pasaje escriturístico que más sirve de apoyo para no admitir que el Papa pueda claudicar en la fe: «Yo he rogado por ti, a fin de que tu fe no desfallezca. Y tú, una vez convertido confirma a tus hermanos». (Luc. 22,32),  veremos que la fe que confirma y la fe infalible, es la misma  fe, pues la fe que confirma es capaz de confirmar porque es infalible, hay sólo una distinción de razón entre la fe que confirma y la fe infalible, puesto que si la fe que confirma no  fuera infalible no podría confirmar en la fe a sus hermanos. La fe que confirma es tal porque es infalible. Da Silveira que cita a Palmieri para desentrañar el sentido del texto de San Lucas 22,32, dice así: «en cuanto al sentido exacto de San Lucas, numerosos teólogos constatan que para el cumplimiento de la promesa de Nuestro Señor basta que no existan errores en los documentos infalibles. Así, concluyen que no hay razón suficiente para juzgar que la confirmación de los hermanos postule también la indefectibilidad de la fe del Papa como persona privada. He aquí como Palmieri, por ejemplo expone este argumento: (…) no es necesario que la fe indefectible sea en realidad distinta de la confirmación de los hermanos, pero basta que se distinga por la razón. Pues si la predicación de la fe auténtica y solemne es infalible, puede confirmar a los hermanos; por eso, una única es la fe infalible y la fe que confirma; siendo infalible, goza ella también del poder de confirmar. La indefectibilidad del Pontífice en la fe fue pedida para que él confirmase a sus hermanos; luego, de las palabras de Cristo sólo se puede inferir como necesaria aquella indefectibilidad que es necesaria y suficiente para la consecución de ese fin; y tal es la indefectibilidad de la predicación auténtica». (Da Silveira… p.147).

Santo Tomás haciendo alusión al texto de San Lucas 22,32 dice que dicho pasaje se refiere a la fe de la Iglesia Universal, la cual no puede fallar: « (…) nisi pertinaciter eorum errorius in particulari adhaereant contra universalis Ecclesiae fidem, quae non potest deficere, Domine dicente, Luc.22, 32: Ego pro te rogavi, Petre, ut non deficiat fides tua». (S.Th. II- II, q.2, a.6. ad 3). De donde se colige que para Santo Tomás la promesa hecha a San Pedro no es la de su fe particular o personal (persona privada) sino la fe de la Iglesia Universal, de su cargo público como fundamento de la Iglesia, como persona pública en su oficio de Pastor y Doctor de la Iglesia.

De esto no debe caber la menor duda teológica, Santo Tomás en otro texto dice refiriéndose al poder del Papa para redactar un nuevo símbolo de la fe y evitar los errores que aparezcan contra la fe: «Unde et Dominus, Luc. 22,32, Petro dixit, quem Summum Pontificem constituit: Ego pro te rogavi, Petre, ut non deficiat fides tua: et aliquando conversus confirma fratres tuos. Et huius ratio est quia una fides debet esse totius Ecclesiae: Secundum illud  I ad Cor. 1,10: Idipsum dicatis omnes, et non sint in vobis schismata.

Quod servari non posset nisi quaestio fidei de fide exorta determinaretur per eum qui toti Eclesiae praeest ut sic eius sententia a tota Ecclesia firmiter teneatur». (S.Th. II-II, q.1 a.10).  

Queda claro que según Santo Tomás las palabras «confirmar en la fe» de Luc. 22,23, significan que al Papa (S. Pedro) le corresponde determinar lo que es de fe y esto no puede acontecer sin la infalibilidad.  Por esto se requiere estar sujeto al Papa bajo pena de condenación.  Así Santo Tomás explica: «Ostenditur etiam quod ad dictum Pontificem pertineat quae Fidei sunt, determinare. (…) Item etiam hoc patet ex autoritate Domini dicentis [Luc 22,23]: Tu aliquando conversus confirma fratres tuos. Ostenditur etiam quod subesse Romano Pontifici sit de necessitate salutis» (Opusc. Theol. vol 1, ed Marietti, Taurini 1954, nº 1123-1124-1125, p. 343-344, Contra Errores Graecorum, c.36). 

Se ve como la fe (de Pedro) que confirma y la fe infalible que define es la misma fe de la Iglesia, de la Iglesia Universal, que no puede fallar y por esto es infalible.  Esto lo podemos aún evidenciar más con el texto siguiente:

«Santo Tomás afirma expresamente que la Fe de la Iglesia Universal no puede desfallecer conformemente a la palabra de Jesucristo, ego pro te rogavi, Petre, ut non deficiat fides tua Luc. 22,32. Sum. Theol. II-II, q.2, a.6, ad3». (D.T.C. Église, col. 2182).

Fue por la confesión de fe que San Pedro obtuvo el primado (el papado) como se puede apreciar en dos textos de Santo Tomás comentando las palabras: «Tú eres Pedro y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, y Tú eres el Cristo, el Hijo del Dios Vivo». El primero de los textos: «“Tu es petrus, et super hanc petram aedificabo Ecclesiam meam”.  Hoc enim, per fidei veram cofessionem habuit. Equidem, demonstravit multos esse venturos ad eamdem fidem veram, quam confessus est Petrus; el ideo sensum eius elevavit vel suscita vit, et pastorem ipsum fecit». (Opus Theol. vol. 1 Appendix, Ed. Marietti 1975 p. 400). Luego vemos que el Papa se mantiene en su cargo u oficio de Vicario de Cristo por la confesión de la fe.  Un Papa que no confiesa la fe es un absurdo, no puede ser Papa.

El otro texto al que hicimos referencia dice: «Et ideo propter ista duo; scilicet (Math. 16, 16): “Tu es Christus” et “Filius Dei vivi” duo eidem Petro, quae sunt solius Dei, promittit: primum, solvere peccata, quod solius Dei est; secundum, super confessionem fidei eius, id est super ipsum Christum, (aedificare) insubmergibilem Ecclesiam a fluctibus maris tempestuosi mundi». (Opus Theol. vol. 1, Appendix, Ed. Marietti 1975, p. 401).

Con lo cual queda de manifiesto la necesidad de la confesión de fe de San Pedro sobre la cual se le hicieron las promesas.

Precisiones sobre la Infalibilidad del Papa

Infalibilidad del Papa

El Papa no es infalible para cualquier cosa o para lo que le venga en gana, es infalible para cumplir su deber de Pastor Supremo de la Iglesia Universal apacentando las almas con la verdad de la fe sobrenatural. Su infalibilidad no es absoluta como la de Dios, en razón de su cargo (de su oficio), por eso es una infalibilidad ex-cathedra (desde la cátedra o sede de Pedro), que tiene sus condiciones y sus límites bien precisos.

Fuera de Dios toda otra infalibilidad es por definición participada y en consecuencia limitada.

La infalibilidad del Papa es una infalibilidad triplemente limitada: primero en razón del sujeto, porque es infalible sólo cuando habla como doctor universal y juez supremo de la Iglesia (por eso se habla de ex-cathedra); segundo en razón del objeto, porque es infalible sólo en las cosas de fe y moral; y tercero en razón al modo de enseñanza del Papa que es el de dar valor de definición a la doctrina propuesta. (Cf. D.T.C. Infaillibilité du Pape, col.1696 y La Constituzione Dommatica Pastor Aeternus del Vaticano I. Umberto Betti O.F.M. Antonianum, Roma 1961 p.628).

No hay tampoco que confundir infalibilidad con impecabilidad. «Pues la infalibilidad no se refiere directamente a la persona, sino al ejercicio del oficio de Maestro Supremo el cual es ejercido por la persona del Papa, si en cambio, la infalibilidad fuese inherente a la persona en cuanto tal, entonces el Papa sería infalible también como persona privada, porque la persona no se puede dividir, y por la misma razón sería infalible siempre y en todo; en cambio el Papa goza de +este divino privilegio solamente en el cumplimiento del oficio de supremo doctor de toda la Iglesia; la infalibilidad, en efecto no es inherente a la persona sino al oficio, y en consecuencia a la persona pública del jefe de la Iglesia». (Betti, p.235).

La infalibilidad compete al cargo u oficio y en ese sentido es personal, no en cuanto a la persona privada, sino en cuanto a la persona pública. La infalibilidad pontifical en lo referente al dogma definido por la Iglesia no puede ser llamada personal (infalibilidad personal) como atribuida al Papa considerado como persona privada, pues no es la persona privada del Papa la que es infalible, sino su persona pública (la persona ejerciendo su cargo público de Papa). (Cf. D.T.C. Infaillibilité du Pape, col. 1696).

La distinción entre persona privada y persona pública ha sido aprobada por muchos teólogos para contrarrestar la distinción galicana y por tanto herética entre Sede Roma y sedente (el Papa, la persona del Papa que lo ocupa). (Cf. Ibídem).

En consecuencia no se debe confundir infalibilidad con impecabilidad.  Que el Papa sea infalible cuando habla ex-cathedra no significa que sea impecable, es decir que no pueda pecar contra la fe, que sea inmune de error en materia de fe como persona privada, como hombre, pues el Papa como persona privada está sujeto a las debilidades y flaquezas comunes a todos los hombres y por eso aunque repugne al pío sentir de los fieles, no es una exigencia de la fe excluir que como persona privada el Papa pueda caer en herejía, pues de lo contrario sería impecable en este género de culpa. (Cf. Betti, p.630).

Lo único que exige la fe es que el Papa es infalible cuando habla ex-cathedra. Fuera de esto hay o puede haber opiniones teológicas sin que nadie pretenda darles un valor dogmático o de fe que no tienen.

Fuera del caso concreto y preciso de que un Papa hable ex-cathedra se puede sostener teológicamente que puede equivocarse en cuestiones de fe e incluso caer en la misma herejía.