Recordatorio de indulgencias plenarias para la primera semana de noviembre (del 1 al 8)

Se pueden lucrar algunas indulgencias plenarias en la primera semana de Noviembre, empenzando hoy, 1 de noviembre y festividad de Todos los Santos. Son las siguientes

29. Para los fieles difuntos § 1. Se concede indulgencia plenaria, se aplica exclusivamente a las almas en el purgatorio,a los fieles cristianos que:

1 °  cada día, desde el primero hasta el octavo día de noviembre, devotamente visite un cementerio y, aunque sólo sea mentalmente, ruegue por los fieles difuntos; [Nota: una indulgencia plenaria por cada día, si se cumplen las condiciones habituales]

2 ° en el día de la Conmemoración de Todos los Fieles Difuntos [02 de noviembre] (o, de acuerdo con el Ordinario, el domingo anterior o posterior, o el día de la solemnidad de Todos los Santos) visite piadosamente una iglesia u oratorio, y allí rezen el Pater y el Credo.

Alonso Lobo

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  1 noviembre, 2015
(Reference: Enchiridion Indulgentiarum, 4ª edición.)

Vídeo: Canon Alonso Lobo, Libera me, Domine (Resp. Off. Def.)

New Catholic

Especial de Todos los Fieles Difuntos

 

Las Escrituras y los Padres, ordenan oraciones y oblaciones por los que han partido y el Concilio de Trento (Sess. XXV, «De Purgatorio»)

2 de noviembre

Santa Misa del 2 de Noviembre

Indulgencias

Visitas al cementerio

Visitas a Iglesias u Oratorio

No somos Paganos, somos Cristianos

DOS DE NOVIEMBRE: LOS FIELES DIFUNTOS

Hoy 2 de Agosto podemos ganar Indulgencia Plenaria

En julio de 1216, Francisco pidió en Perusa a Honorio III que todo el que, contrito y confesado, entrara en la iglesita de la Porciúncula, ganara gratuitamente una indulgencia plenaria, como la ganaban quienes se enrolaban en las Cruzadas, y otros que sostenían con sus ofrendas las iniciativas de la Iglesia. De ahí el nombre de Indulgencia de la Porciúncula, Perdón Asís, Indulgencia o Perdón de las rosas (por el prodigio que medió en su confirmación según alguna tradición tardía) u otros parecidos.

Más allá de las controversias históricas acerca de los orígenes y circunstancias de la concesión de la Indulgencia, lo cierto es que la Iglesia ha seguido, hasta nuestros días, otorgando y ampliando esa gracia extraordinaria. En la actualidad, esta Indulgencia puede lucrarse no sólo en Santa María de los Ángeles o la Porciúncula, sino en todas las iglesias franciscanas, y también en las iglesias catedral y parroquial, cada 2 de agosto, día de la Dedicación de la iglesita, una sola vez, con las siguientes condiciones:

1) visitar una de las iglesias mencionadas, rezando la oración del Señor y el Símbolo de la fe (Padrenuestro y Credo);

2) confesarse, comulgar y rezar por las intenciones del Papa, por ejemplo, un Padrenuestro con Avemaría y Gloria;

estas condiciones pueden cumplirse unos días antes o después, pero conviene que la comunión y la oración por el Papa se realicen en el día en que se gana la Indulgencia.

 Para leer más acerca de la Indulgencia de la Porciúncula, he aquí tres enlaces:

INDULGENCIA DE LA PORCIÚNCULA por Omer Englebert

INDULGENCIA DE LA PORCIÚNCULA por Luis de Sarasola, o.f.m.

LA INDULGENCIA DE LAS ROSAS por Emilia Pardo Bazán

Para leer acerca de las indulgencias, he aquí dos enlaces:

Indulgencias

Normas Generales sobre las Indulgencias

Tomado de: http://www.franciscanos.org

Mañana 2 de Agosto podemos ganar Indulgencia Plenaria

Recordatorio:

Indulgencia Plenaria (de la Porciúncula) el 2 de Agosto

Indulgencia Plenaria:
Visita a la iglesia parroquial

Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que visite la iglesia parroquial:

  • En el día de la fiesta titular;
  • El día 2 de agosto, en que coincide la indulgencia de la «Porciúncula».

Una y otra indulgencia podrán ganarse tanto en el día anteriormente designado como en otro día que establezca el Ordinario en provecho de los fíeles.

Gozan de las mismas indulgencias la iglesia catedral y, si la hay, la iglesia concatedral, aunque no sean parroquiales, y también las Iglesias parroquiales.

Las mencionadas indulgencias ya están incluidas en la Constitución apostólica Indulgentiarum doctrina, Norma 15; aquí se han tenido en cuenta los deseos hasta ahora manifestados a la Sagrada Penitenciaría.

En esta piadosa visita, de acuerdo con la Norma 16 de la misma Constitución apostólica, se reza la oración del Señor y el símbolo de la fe (Padrenuestro y Credo).  

Enchiridion Indulgentiarum (Manual de Indulgencias), año 1986

 

Tomado de:

http://www.tradicioncatolica.com

Indulgencias para la Conmemoración de Todos los Fieles Difuntos

DEL

“ENCHIRIDION INDULGENTIARUM” DE S.S. PAULO VI

  • Visitas a Iglesias u Oratorio: Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que, el día en que se celebra la Conmemoración de todos los fieles difuntos, visiten piadosamente una iglesia u oratorio.
    Dicha indulgencia podrá ganarse o en el día antes indicado o, con el consentimiento del Ordinario, el domingo anterior o posterior, o en la solemnidad de Todos los Santos.
    En esta piadosa visita, se debe rezar un Padrenuestro y Credo.

1 AL 8 DE NOVIEMBRE

  • Visitas al cementerio: Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que visiten piadosamente un cementerio y que oren por los difuntos. Durante los demás días del año se concede indulgencia parcial.

OTRAS INDULGENCIAS

  • Santo Rosario:
    • Indulgencia plenaria si la recitación se hace en la iglesia o en un oratorio público, o también en familia, en una Comunidad religiosa, en una pía Asociación. Se concede indulgencia parcial en otras circunstancias.
    • Para la indulgencia plenaria se establecen las siguientes normas:
      • Es suficiente el recitado de la tercera parte del Rosario, pero las cinco decenas deben recitarse sin interrupción.
      • A la oración vocal se debe agregar la piadosa meditación de los misterios
  • Via Crucis: Indulgencia plenaria. Deben cumplirse las siguientes normas:
    • El piadoso ejercicio debe ser cumplido ante las estaciones del Vía Crucis, legítimamente erigidas.
    • Es necesario desplazarse de una estación a la otra. Si el piadoso ejercicio se cumple públicamente y el movimiento de todos los presentes no puede hacerse con orden, es suficiente con que se mueva de una estación a la otra quien dirige el pío ejercicio, mientras los otros quedan en su sitio.
    • Los “impedidos” podrán alcanzar la misma indulgencia dedicando al menos media hora a piadosas lecturas y meditaciones de la Pasión y Muerte de Nuestro Señor Jesucristo.
  • Comunión espiritual: El acto de la comunión espiritual con cualquier fórmula piadosa está enriquecido con indulgencia parcial.
  • Lectura de la Sagrada Escritura:
    • Indulgencia parcial a quien lee la Sagrada Escritura con la veneración debida a la palabra divina y a modo de lectura espiritual.
    • Indulgencia plenaria si la lectura se extiende por lo menos a una media hora.

Tomado de:

http://www.tradicioncatolica.com

Tema relacionado: Indulgencias

Tema relacionado: NORMAS GENERALES SOBRE LAS INDULGENCIAS

Tema relacionado: Visitas al cementerio

INDULGENCIA DE LA PORCIÚNCULA

 

 En julio de 1216, Francisco pidió en Perusa a Honorio III que todo el que, contrito y confesado, entrara en la iglesita de la Porciúncula, ganara gratuitamente una indulgencia plenaria, como la ganaban quienes se enrolaban en las Cruzadas, y otros que sostenían con sus ofrendas las iniciativas de la Iglesia. De ahí el nombre de Indulgencia de la Porciúncula, Perdón Asís, Indulgencia o Perdón de las rosas (por el prodigio que medió en su confirmación según alguna tradición tardía) u otros parecidos.

Más allá de las controversias históricas acerca de los orígenes y circunstancias de la concesión de la Indulgencia, lo cierto es que la Iglesia ha seguido, hasta nuestros días, otorgando y ampliando esa gracia extraordinaria. En la actualidad, esta Indulgencia puede lucrarse no sólo en Santa María de los Ángeles o la Porciúncula, sino en todas las iglesias franciscanas, y también en las iglesias catedral y parroquial, cada 2 de agosto, día de la Dedicación de la iglesita, una sola vez, con las siguientes condiciones:

1) visitar una de las iglesias mencionadas, rezando la oración del Señor y el Símbolo de la fe (Padrenuestro y Credo);

2) confesarse, comulgar y rezar por las intenciones del Papa, por ejemplo, un Padrenuestro con Avemaría y Gloria;

estas condiciones pueden cumplirse unos días antes o después, pero conviene que la comunión y la oración por el Papa se realicen en el día en que se gana la Indulgencia.

 Para leer más acerca de la Indulgencia de la Porciúncula, clic aquí

Tomado de:

http://www.franciscanos.org

Recordatorio de Indulgencia Plenaria

De la Porciúncula

el 2 de Agosto

Indulgencia Plenaria:
Visita a la iglesia parroquial

Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que visite la iglesia parroquial:

  • En el día de la fiesta titular;
  • El día 2 de agosto, en que coincide la indulgencia de la «Porciúncula».

Una y otra indulgencia podrán ganarse tanto en el día anteriormente designado como en otro día que establezca el Ordinario en provecho de los fíeles.

Gozan de las mismas indulgencias la iglesia catedral y, si la hay, la iglesia concatedral, aunque no sean parroquiales, y también las Iglesias parroquiales.

Las mencionadas indulgencias ya están incluidas en la Constitución apostólica Indulgentiarum doctrina, Norma 15; aquí se han tenido en cuenta los deseos hasta ahora manifestados a la Sagrada Penitenciaría.

En esta piadosa visita, de acuerdo con la Norma 16 de la misma Constitución apostólica, se reza la oración del Señor y el símbolo de la fe (Padrenuestro y Credo).  

Enchiridion Indulgentiarum (Manual de Indulgencias), año 1986.

Tomado de:

http://www.tradicioncatolica.com

Normas Generales sobre las Indulgencias

La enseñanza más común de los teólogos Católicos es que las indulgencias pueden ser aplicadas a las almas detenidas en el purgatorio; y que las indulgencias están disponibles para ellos "por medio del voto" (per modum suffragii).(1) Agustín (De Civ. Dei, XX, ix) declara que las almas de los creyentes que han partido no están separadas de la Iglesia, la cual es el Reino de Cristo, y por esta razón las oraciones y votos de los vivos son de ayuda para los muertos.

  • Las indulgencias, tanto parciales como plenarias, pueden ser aplicadas a los difuntos a modo de sufragio. Pero nadie puede aplicar a otros hombres aún vivos las indulgencias que gana.
  • Para ganar las indulgencias, se requieren las siguientes condiciones:­ Haber recibido el bautismo, no estar excomulgado, hallarse en estado de gracia (al menos al finalizar las obras prescriptas) y estar sometido a la jurisdicción de aquél que otorga las indulgencias. Asimismo, debe tenerse la intención, por lo menos en general, de ganarlas. Y es necesario que las obras prescriptas se realicen en el tiempo y modo establecidos en la concesión.
  • La indulgencia plenaria puede ser ganada una sola vez por día. Pero el fiel puede ganar la indulgencia “in articulo mortis” aún cuando ya haya ganado otra indulgencia plenaria ese mismo día.
  • La indulgencia parcial puede ser ganada varias veces por día, salvo explícita indicación en contrario.
  • Para ganar la indulgencia plenaria, debe cumplirse con la obra prescripta y, además, otras tres condiciones: 1. Confesión. 2. Comunión Sacramental. 3. Oración por las intenciones del Sumo Pontífice. Se indica además, que sea excluido toda inclinación al pecado, aún al venial.
  • Si falta esta plena disposición, o si no se cumplen las condiciones mencionadas, la indulgencia será solamente parcial.
  • Las tres condiciones pueden ser cumplidas varios días antes o des­pués de la obra prescripta; sin embargo, es conveniente que la comunión y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice se reali­cen el mismo día en que se cumple la obra prescripta.
  • Con una sola confesión sacramental se pueden alcanzar muchas indulgencias plenarias. En cambio, con una sola comunión eucarística y una sola plegaria según las intenciones del Sumo Pontífice se puede alcanzar una sola indulgencia plenaria.
  • Se cumple plenamente la condición de la oración según las intenciones del Sumo Pontífice recitando, según sus intenciones, un Padrenuestro y un Avemaría. Queda librado a la libertad de los fieles el recitar cualquier otra plegaria según la piedad y la devoción de cada uno.
  • No se puede alcanzar una indulgencia con una obra que de por sí se esté obligado a hacer por ley o por precepto, a menos que en la concesión no se diga expresamente lo contrario. No obstante, quien cumple una obra que le fue impuesta como penitencia sacramental, puede al mismo tiempo satisfacer la penitencia y alcanzar la eventual indulgencia anexa a esta obra.

Tomado de: http://www.tradicioncatolica.com

Indulgencia Plenaria para el 16 de Mayo

Ora pronobis

 Recordatorio:

Quienes visten el Escapulario Carmelita pueden ganar indulgencia plenaria el 16 de mayo, fiesta de San Simón Stock.

También es posible ganar indulgencia plenaria:

1. El día en que le imponen el escapulario y se une a la familia carmelita.

2. En estas fiestas:

  • Virgen del Carmen – 16 de julio o cuando se celebre.
  • San Simón Stock – 16 de mayo.
  • San Elías Profeta – 20 de julio.
  • Santa Teresita del Niño Jesús – 3 de octubre (calendario tradicional).
  • Santa Teresa de Jesús – 15 de octubre.
  • Todos los Santos Carmelitas – 14 de noviembre.
  • San Juan de la Cruz – 24 de noviembre (calendario tradicional).

Se puede ganar indulgencia parcial por usar piadosamente el santo escapulario, por besarlo o por cualquier otro acto de afecto y devoción.

Tomado de: http://www.tradicioncatolica.com