Obispos polacos explican por qué los divorciados “vueltos a casar” nunca podrán comulgar lícitamente

Gadecki 13 octubre, 2015

Desde el primer año de Rorate, hemos cubierto la ola persistente de los prelados que han tratado de utilizar la portada de  la “misericordia” para impulsar un sacrilegio (en nombre de la recepción de la Sagrada Comunión por civiles divorciados y “vueltos a casar”). Naturalmente en ese momento no esperábamos llegar a tiempo, en donde el apoyo a esa idea vendría desde el más alto nivel de la jerarquía.

Afortunadamente, Polonia católica no defrauda. En su intervención en el asunto, realizado el sábado en el Aula del Sínodo, y hecho público este lunes, el Presidente de la Conferencia Episcopal de Polonia, el arzobispo  Stanisław Gądecki, lo explicó con claridad y con palabras inolvidables, por qué la doctrina católica sobre este tema, no puede cambiar de lo que siempre ha sido.

La Conferencia Episcopal de Polonia también publicó un comentario teológico para explicar el tema a la luz de los Concilios de la Iglesia, en particular, del Sacrosanto Concilio de Trento, que se ocupa sobre todo de los conceptos de la gracia santificante, la gracia sacramental y el pecado mortal, que puede ser adulterado por los manipuladores para que el sacrilegio sea forzado dentro la Iglesia.

Primero esta intervención:

Intervención en la 6ta sesión general

Sábado 10 de octubre de 2015

+ Stanisław Gądecki, Arzobispo Metropolitano de Poznań

Presidente de la Conferencia Episcopal Polaca

Para empezar, quiero hacer hincapié en que la siguiente intervención refleja no sólo mi opinión personal, pero también la opinión de toda la Conferencia Episcopal Polaca.

1, No hay duda de que la Iglesia de nuestro tiempo debe -en un espíritu de misericordia- ayudar a los divorciados y vueltos a casar civilmente con una caridad especial, para que no se consideren a sí mismos separados de la Iglesia, si bien pueden en efecto, participar en Su vida, como bautizados.

Por lo tanto, vamos a invitarlos a escuchar la Palabra de Dios, a asistir al Sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, a contribuir a las obras de caridad y las iniciativas comunitarias en favor de la justicia, a educar a sus hijos en el la fe Cristiana, a cultivar el espíritu y la práctica de la penitencia y de implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios. Que la Iglesia rece por ellos, los anime y Ella Misma se muestre como una madre misericordiosa, y así los sostenga en la fe y la esperanza (cf. Juan Pablo II, Familiaris consortio, 84).

2, Sin embargo, la Iglesia en su enseñanza sobre la admisión de los divorciados vueltos a casar, no puede ceder a la voluntad del hombre, sino sólo a la voluntad de Cristo (cf. Pablo VI, Discurso a la Rota Romana, 01/28/1978; Juan Pablo II, Discurso a la Rota Romana, 01/23/1992, 01/29/1993 y 01/22/1996). En consecuencia, la Iglesia no puede dejarse llevar por sentimientos de falsa compasión a las personas o los modos de pensamiento que -a pesar de su popularidad en todo el mundo- se equivocan.

Admitir a la Comunión a los que siguen cohabitando “more uxorio” [como esposo y esposa] sin el vínculo sacramental sería contrario a la Tradición de la Iglesia. Los documentos de los primeros sínodos de Elvira, Arles y Neocesarea, que tuvieron lugar en los años 304-319, ya han confirmado la doctrina de la Iglesia sobre no admitir a los divorciados vueltos a casar a la Comunión Eucarística.

Esta posición está basada en el hecho de que “su estado y condición de vida contradicen objetivamente esa unión de amor entre Cristo y la Iglesia, reconocida y actualizada en la Eucaristía” (Juan Pablo II, Familiaris consortio, 84; 1 Cor 11:27 -29; Benedicto XVI, Sacramentum Caritatis, 29; Francis, Angelus 16 de agosto de 2015).

3, La Eucaristía es el sacramento de los bautizados que están en estado de gracia sacramental. Admitir a los divorciados que se volvieron a casar civilmente a la Santa Comunión, causaría un gran daño no sólo para el ministerio pastoral de la familia, sino también a la doctrina de la Iglesia sobre la gracia santificante.

De hecho, la decisión de admitir a la Sagrada Comunión, abriría la puerta a este sacramento a todos los que viven en pecado mortal. Esto a su vez daría lugar a la eliminación del Sacramento de la Penitencia y distorsionaría el significado de vivir en estado de gracia santificante. Por otra parte, hay que señalar que la Iglesia no puede aceptar la llamada “ley de la gradualidad” (Juan Pablo II, Familiaris consortio, 34).

Como el Papa Francisco nos lo recordó, que los que estamos aquí no queremos y tampoco tenemos el poder para cambiar la doctrina de la Iglesia.

Ahora, el comentario teológico proporcionada por la Conferencia, tomando como base, en particular, las enseñanzas inmutables del Concilio Tridentino:

Pbro. Dariusz Kowalczyk SJ

Decano de la Facultad de Teología de la Pontificia Universidad Gregoriana, Roma

La Gracia de Dios, Gracia Sacramental, Gracia Santificante

La gracia de Dios es, básicamente, cada acción salvadora de Dios para el ser humano. Por lo tanto, podemos decir que la gracia es una al igual que solo hay un Dios. Sin embargo, teniendo en cuenta los cambios en las circunstancias, así como en las modalidades y las consecuencias de la acción de Dios, se distinguen diferentes tipos de gracia, entre ellos la “gracia sacramental” (gratia sacramentalis), que es “la gracia del Espíritu Santo, dada por Cristo y propia de cada sacramento “(Catecismo de la Iglesia Católica, 1129).

El Concilio de Trento enseña que a través de los sacramentos “toda justicia verdadera inicia, o habiendo iniciado, se incrementa o cuando se pierde es reparada.” (Denz 1600). Por lo tanto, la gracia sacramental es esencialmente gracia santificadora (sanctificans graciables). Cabe señalar que el concepto de “gracia santificante” es mucho más amplio que el de “gracia sacramental”. Porque, Dios puede venir a santificar las relaciones humanas fuera de los sacramentos. En otras palabras, Dios también salva no sacramentalmente, como el Concilio Vaticano II afirma: “debemos creer que el Espíritu Santo de una manera sólo conocida por Dios, ofrece a todos la posibilidad de ser asociados a este misterio pascual” (Gaudium et spes, 22).

La situación de las personas divorciadas que viven en nuevas uniones, sería entonces una situación en la que se les priva de la gracia sacramental ligado al sacramento del matrimonio, el sacramento de la Penitencia y la Santa Comunión, pero no deben ser, por definición, privadas de la gracia de Dios en general, de esta gracia santificante que Dios puede dar, como hemos dicho, no sacramentalmente. Es por esto que Juan Pablo II fue capaz de escribir en la Familiaris consortio: “Ellos [los divorciados y divorciadas vueltas a casar] deben ser alentados a escuchar la palabra de Dios, para asistir al Sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, para contribuir a las obras de caridad y las iniciativas comunitarias en favor de la justicia, a educar a sus hijos en la fe cristiana, para cultivar el espíritu y la práctica de la penitencia y de implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios [la cursiva es nuestra] “(No. 84).

Por lo tanto, las personas divorciadas que viven en nuevas uniones pueden verdaderamente pedirle a Dios que les conceda su gracia y aunque no es, ni puede ser la gracia sacramental sin el cumplimiento de ciertas condiciones, es sin embargo una verdadera gracia de Dios que restaura la relación salvadora con Él. Sin embargo, esto no abre el camino para la comunión sacramental de las personas divorciadas que participan en nuevas uniones. Por el contrario, si esto fuera así, ellos se alejan, no sólo de la lógica interna de la gracia sacramental, sino también el riesgo de eliminar la gracia recibida no sacramentalmente.

[Fuente: Conferencia Episcopal Polaca]

[Traducción de Cecilia Gonzalez. Artículo Original]

La Gracia y el Pecado (II)

pecado2 30 septiembre, 2015

Siguiendo con nuestro tema sobre la gracia y el pecado, toca hoy ocuparnos de los efectos de la gracia sobre nuestras almas, la gracia y los sacramentos, nuestra cooperación con Dios, y los errores más comunes sobre la doctrina de la gracia.

Efectos de la gracia santificante en nuestra alma

Como consecuencia de la gracia santificante que recibimos por primera vez en el bautismo, nos hacemos “santos” a los ojos de Dios. Esta gracia bautismal tiene un doble efecto: primero borra los pecados, y segundo, nos eleva al orden sobrenatural.

Por la gracia, los pecados no son “cubiertos” por el amor de Cristo, como decía Lutero, sino que son realmente borrados, perdonados: “Él nos arrebató del poder de las tinieblas y nos trasladó al reino del Hijo de su amor, en quien tenemos la redención, el perdón de los pecados” (Col 1: 13-14). Pero la gracia no sólo borra los pecados sino que también nos eleva al hacernos partícipes de la naturaleza divina; ya que se nos da una “nueva vida”, una nueva “naturaleza”;  y con ella, un nuevo modo de obrar (Jn 3:7; 2 Pe 1:4).

Una vida nueva que nos hace “hijos de Dios”; y por ser hijos, también herederos de su reino y “semejantes a Él”: “Mirad qué amor tan grande nos ha mostrado el Padre: que nos llamemos hijos de Dios, ¡y lo somos! …. Queridísimos: ahora somos hijos de Dios, y aún no se ha manifestado lo que seremos. Sabemos que, cuando él se manifieste, seremos semejantes a él, porque le veremos tal como es” (1 Jn 3: 1-2).

A través de la gracia, el Espíritu Santo viene a habitar en nosotros, de tal modo que nos transformamos en “templos de Dios”: “¿No sabéis que sois templo de Dios y que el Espíritu de Dios habita en vosotros? Si alguno destruye el templo de Dios, Dios le destruirá a él; porque el templo de Dios, que sois vosotros, es santo” (1 Cor 3: 16-17). Por la gracia inhabita en nosotros el Espíritu Santo; y con Él, también el Padre y el Hijo: “Jesús le respondió: -Si alguno me ama, guardará mi palabra, y mi Padre le amará, y vendremos a él y haremos morada en él” (Jn 14:16).

La presencia del Espíritu Santo en nuestras almas trae consigo una serie de dones, tales como: sabiduría, entendimiento, ciencia, fortaleza, consejo, piedad y temor de Dios. Cual árbol sano que va creciendo, la obra del Espíritu Santo nos va transformando, produciendo los siguientes frutos: “Los frutos del Espíritu son: la caridad, el gozo, la paz, la longanimidad, la benignidad, la bondad, la fe, la mansedumbre, la continencia” (Gal 5: 22-23).

Por la gracia, somos hechos miembros del Cuerpo Místico, cuya cabeza es Cristo (Col 1:18). A Él permanecemos unidos, como los sarmientos a la vid, y de Él recibimos la vida: “Yo soy la vid, vosotros los sarmientos. El que permanece en mí y yo en él, ése da mucho fruto, porque sin mí no podéis hacer nada” (Jn 15:5).

Como decía Santo Tomás de Aquino: “La gracia no destruye la naturaleza sino que la perfecciona” (STh I, 1, 8 ad 2). De tal modo que con la ayuda de la gracia hasta nuestras virtudes humanas crecen y se hacen más perfectas.

Nuestra cooperación con Dios

El hombre coopera libremente en la obra de su propia salvación, teniendo por ello un mérito. Gracias a ese “mérito” o merecimiento, Dios le da en justicia el cielo. Irse al cielo no es sólo un acto de la misericordia de Dios sino también de su justicia: “Dios da a cada uno según sus obras” (Rom 2:6).

El hecho de recibir la gracia de Dios no elimina nuestra libertad, sino que ésta incluso es más libre gracias a ella. Nunca es más libre el hombre que cuando coopera con Dios en la obra de la salvación: “La verdad os hará libres” (Jn 8:32; Cfr. Jn 8:36 ). Lo contrario también es verdad. Cuanto más nos alejamos de Dios, nuestro corazón se hace más esclavo de las pasiones, malas inclinaciones y en general, del pecado: “En verdad, en verdad os digo, el que comete pecado se hace esclavo del pecado” (Jn 8:34).

Dios siempre respeta a sus criaturas y actúa junto con ellas en la obra de la salvación. Como nos dice San Agustín: “Dios, que te creó sin ti, no te salvará sin ti”.

Ahora bien, hasta el primer paso para arrepentirnos y acercarnos a Dios es obra de Él; pero Dios no nos dará esa gracia si nosotros no queremos. Lo que sí podemos estar seguros es que Dios dará su gracia a todo aquél que no ponga obstáculo: (2 Tim 2:4).

Dios nos da su gracia porque quiere; en ningún momento está obligado a ello. Por eso decimos que la gracia es un don o regalo.

Un día un joven le preguntó a un hombre muy sabio si es cierto que Dios ha fijado un destino para cada ser humano y que, según esto, no importaría lo que hagamos o dejemos de hacer, pues unos irían al Cielo y otros al Infierno. El sabio se quedó pensando por unos momentos y le dijo al joven: Nadie se condena sin culpa personal. Cada individuo es responsable de su destino eterno. La fe y las buenas obras ganan el Cielo.

“Hijo mío, el destino que Dios tiene para ti y para todos, es el Cielo, pero, aunque Jesucristo ya pagó por nuestra salvación, el Cielo depende de ti y depende de mí. Por eso, cuida siempre lo que piensas, porque tus pensamientos se volverán palabras. Cuida tus palabras porque estas se convertirán en tus actitudes. Cuida tus actitudes porque, más tarde o más temprano, serán tus acciones. Cuida tus acciones que terminarán transformándose en costumbres. Cuida tus costumbres, porque ellas forjarán tu carácter. Finalmente, cuida tu carácter porque esto será lo que forje tu destino”.

En el fondo, cada uno de nosotros es directamente responsable de su propia salvación; pues ésta es el resultado de un acto libre de aceptación o de rechazo de Dios. El hombre coopera libremente con Dios en su propia santificación. Así pues, es su gracia y nuestra cooperación lo que nos hace realmente santos.

La gracia y los sacramentos

Todos los sacramentos dan la gracia, pero el efecto de los mismos sobre nuestras almas es diferente en cada uno de ellos. Todos los sacramentos fueron instituidos por Jesucristo. El concilio de Trento en la sesión VII, can I nos dice: “Si alguno dijere, que los Sacramentos de la nueva ley no fueron todos instituidos por Jesucristo nuestro Señor; o que son más o menos que siete, es a saber: Bautismo, Confirmación, Eucaristía, Penitencia, Extremaunción, Orden y Matrimonio; o también que alguno de estos siete no es Sacramento con toda verdad, y propiedad; sea anatema”.

En el catecismo hablamos de sacramentos de “vivos”; es decir, es necesario estar en gracia de Dios para recibirlos (Confirmación, Eucaristía, Unción de los Enfermos, Orden Sacerdotal y Matrimonio) y sacramentos de “muertos”. Se llaman sacramentos de muertos porque han sido instituidos para sacar a nuestra alma de la muerte del pecado y hacerla pasar a la vida de la gracia. A saber, el Bautismo y la Penitencia[1].

  • El Bautismo perdona todos los pecados y da la vida sobrenatural, la vida de la gracia, a los que nunca la han recibido.
  • La Penitencia devuelve la gracia a los que la han perdido por el pecado mortal.
  • La Confirmación nos hace “soldados y apóstoles” de Cristo. Fortalece en nosotros las gracias dadas en el bautismo.
  • La Eucaristía alimenta espiritualmente nuestra alma y es prenda de la vida eterna.
  • La Unción de los Enfermos nos prepara para el trance final de nuestra vida dándonos las gracias para ello.
  • El Orden Sacerdotal consagra a hombres como ministros de Cristo.
  • El Matrimonio bendice la unión conyugal y da fuerzas a los esposos para que puedan cumplir los deberes especiales de este estado.

Errores teológicos más comunes respecto a la doctrina de la gracia: Pelagio, Lutero y Jansenio

A lo largo de su historia, la Iglesia ha tenido que intervenir es bastantes ocasiones para corregir ciertas desviaciones que iban apareciendo en el desarrollo y profundización de la doctrina de la gracia. Éste nos es el lugar donde hacer un estudio profundo respecto a estas herejías; por lo que nos limitaremos a realizar un esquema muy simplificado de los errores principales.

Pelagio (355-420 d.C.) defendía que Adán y Eva no perdieron la gracia después de haber cometido el pecado original. Decía que el hombre puede, por su propia naturaleza, realizar acciones sobrenaturales sin una intervención o ayuda especial de Dios. Esta doctrina fue condenada como herética en el Concilio de Orange (Cfr. DS 173-199).

Lutero (1483-1546 d.C.) defendía, entre otras cosas, que el hombre no era “justificado” por la muerte en cruz de Jesucristo; sino que sus pecados eran “cubiertos” por su misericordia como con un manto. El hombre seguía siendo pecador, pero a los ojos de Dios “aparecía” como justo. De ahí concluía que lo único que el hombre necesitaba para salvarse era la fe, aunque ésta no fuera acompañada de buenas obras: “Peca fuertemente, pero cree también fuertemente y serás salvo”. Las tesis de Lutero fueron condenadas como heréticas en el Concilio de Trento (Cfr. Sesión VI).

 Jansenio (1585-1638 d.C.) defendía que el hombre no es libre para rechazar la gracia de Dios; por lo que, como consecuencia de ello, el hombre realmente no coopera libremente en orden a su salvación. Esta doctrina fue condenada como herética por el Papa Inocencio X (Cfr. DS 1092-1096)

Con esto, acabamos este segundo artículo para terminar la semana próxima hablando de la pérdida de la gracia como consecuencia del pecado grave y de cómo recuperar y crecer en la gracia de Dios.

Padre Lucas Prados

[1] En el caso de la Penitencia o Confesión, aunque de suyo es un sacramento de “muertos” también se puede recibir si uno está en estado de gracia. Entonces la Confesión aumenta la gracia que ya existía en nosotros.

Tomado de:

http://www.adelantelafe.com