DEL
“ENCHIRIDION INDULGENTIARUM” DE S.S. PAULO VI
- Visitas a Iglesias u Oratorio: Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que, el día en que se celebra la Conmemoración de todos los fieles difuntos, visiten piadosamente una iglesia u oratorio.
Dicha indulgencia podrá ganarse o en el día antes indicado o, con el consentimiento del Ordinario, el domingo anterior o posterior, o en la solemnidad de Todos los Santos.
En esta piadosa visita, se debe rezar un Padrenuestro y Credo.
1 AL 8 DE NOVIEMBRE
- Visitas al cementerio: Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que visiten piadosamente un cementerio y que oren por los difuntos. Durante los demás días del año se concede indulgencia parcial.
OTRAS INDULGENCIAS
- Santo Rosario:
- Indulgencia plenaria si la recitación se hace en la iglesia o en un oratorio público, o también en familia, en una Comunidad religiosa, en una pía Asociación. Se concede indulgencia parcial en otras circunstancias.
- Para la indulgencia plenaria se establecen las siguientes normas:
- Es suficiente el recitado de la tercera parte del Rosario, pero las cinco decenas deben recitarse sin interrupción.
- A la oración vocal se debe agregar la piadosa meditación de los misterios
- Via Crucis: Indulgencia plenaria. Deben cumplirse las siguientes normas:
- El piadoso ejercicio debe ser cumplido ante las estaciones del Vía Crucis, legítimamente erigidas.
- Es necesario desplazarse de una estación a la otra. Si el piadoso ejercicio se cumple públicamente y el movimiento de todos los presentes no puede hacerse con orden, es suficiente con que se mueva de una estación a la otra quien dirige el pío ejercicio, mientras los otros quedan en su sitio.
- Los “impedidos” podrán alcanzar la misma indulgencia dedicando al menos media hora a piadosas lecturas y meditaciones de la Pasión y Muerte de Nuestro Señor Jesucristo.
- Comunión espiritual: El acto de la comunión espiritual con cualquier fórmula piadosa está enriquecido con indulgencia parcial.
- Lectura de la Sagrada Escritura:
- Indulgencia parcial a quien lee la Sagrada Escritura con la veneración debida a la palabra divina y a modo de lectura espiritual.
- Indulgencia plenaria si la lectura se extiende por lo menos a una media hora.
Tomado de:
http://www.tradicioncatolica.com
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